LEY No 14-08-1871 del 14 de Agosto de 1871 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: ADMINISTRACION MELGAREJO. SE DECLARAN NULOS TODOS SUS ACTOS.
LEI DE 14 DE AGOSTO ADMINISTRACION MELGAREJO. Se declaran nulos todos sus actos. LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, DECRETA:
ARTÍCULO 1.- º El jeneral Mariano Melgarejo ha usurpado el poder que ejerció desde diciembre de 1864 hasta enero del presente año: su autoridad no ha emanado de la lei ni de la voluntad nacional. Art. 2.º La Nacion no acepta los actos de la usurpacion. Art. 3.º Se exceptúan la cosa juzgada y los actos a los que no puede aplicarse nulidad jurídicamente por los tribunales ordinarios. Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento. Sala de sesiones de la soberana Asamblea nacional constituyente en la ilustre y heroica capital Sucre, a 12 de agosto de 1871.-[Lugar del sello].-firmado. Agustin Aspiazu, presidente.- Refrendado. Eulojio D. Medina, diputado secretario.-Jenaro Sanjinés, diputado secretario. Palacio del Supremo Gobierno en Sucre, a 14 de agosto de 1871.- [Lugar del gran sello]. Ejecútese.-Firmado-AGUSTIN MORÁLES. Refrendado. El ministro de Hacienda-Tomás Frias. Refrendado. El ministro de Gobierno y Relaciones exteriores.-Casimiro Corral. Refrendado. El ministro de Justicia y culto-Lúcas M. de La Tapia. Refrendado. El ministro de Instruccion pública e industria-Mariano Réyes Cardona. Refrendado. El ministro de la Guerra-Narciso Campero.
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