Ley Nº 1286
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Créase el cantón Eduardo Abaroa en la provincia Gualberto Villarroel del departamento de La Paz, que comprende las siguientes estancias: Escalona, Concepción, Ascención, Copacabana, Espíritu, Copacabana Grande, Trinidad, San Felipe, Villa Dolores y San Agustín.
ARTÍCULO 2. El nuevo cantón limitará al norte con la ex hacienda Santa Ana, al sur con la comunidad Chambi Grande, al este con las ex haciendas de San José y Unu Pata y al oeste con la comunidad Chua.
ARTÍCULO 3. De acuerdo al artículo 6° del
Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, la nueva delimitación estará a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 18 de octubre de 1991
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga ...
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