LEY No 128 del 12 de Diciembre de 1961 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: VICE CANTON CALASAYA. Elévase a rango de cantón el vice-cantón "Calasaya" de la provincia Quijarro del Departamento de Potosí.
Ley Nº 128
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Elévase a rango de cantón el vice- cantón "Calasaya" de la provincia Quijarro del Departamento de Potosí.
ARTÍCULO 2. De conformidad con el artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, la nueva delimitación territorial y límites de este cantón, correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz 7 de diciembre de 1961.
Fdo. Federico Fortún, Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Francisco Morales, Senador Secretario; Fernando Ayala, Senador Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años. ...
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