Ley Nº 1219
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Créase el cantón "SOTALAYA", en la jurisdicción de la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: SOTALAYA, VILLA CAJIATA, PUCATA, LIMANCACHI, SALLCAPAMPA, PACHARIYA, CAMATA, CAMATA NORTE, CHICHAYA, CAJIATA, LACAYA, CAMATA SUD, CAMATA CENTRO.
ARTÍCULO 2. Los límites de la nueva jurisdicción son: al sud, con el Lago Titicaca; al este, con el cantón Achacachi y al norte y al oeste con el Cantón Ancoraimes de la provincia Omasuyos.
ARTÍCULO 3. De conformidad con el artículo 6to. del
Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar los planos respectivos y fijar los hitos correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional ...
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