LEY del 09 de Diciembre de 1926 - 11 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: BECA.-CONCÉDESE A JOSÉ VALLEJOS BAPTISTA.
LEY BECA.-
Concédese a José Vallejos Baptista.
HERNANDO SILES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
POR CUANTO el Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único.-Se otorga una beca gratuita al joven José Vallejos Baptista, para que pueda cursar estudios profesionales en alguna universidad extranjera. A este efecto y hasta que obtenga su título profesional correspondiente, se consignará en el Presupuesto Nacional, la asignación anual de tres mil seiscientos bolivianos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 1º de diciembre de 1926.
Román Paz. -Héctor Suárez R.
Damián Z. Rejas, S. S. -Góver Zárate M., D. S.-José Trigo Arce, D. S.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de 1926 años.
H. SILES.-T. Monje Gutiérrez. ...
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