LEY del 05 de Diciembre de 1912 - 19 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: EMPRÉSTITO.-AUTORÍZASE A LA PREFECTURA DE POTOSÍ PARA CONTRATAR UNO POR BS. 40,000, DESTINADOS A OBRAS PÚBLICAS,
LEY DE 5 DE DICIEMBRE
EMPRÉSTITO.-Autorízase a la Prefectura de Potosí para contratar uno por Bs. 40,000, destinados a obras públicas,
ELIODORO VILLAZON PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA POR CUANTO el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- La Prefectura de Potosí contratará, con cualquier institución bancaria, un préstamo de ochenta mil bolivianos, destinados: 40,000 a la conclusión del local del Asilo de Mendigos y otros 40,000 al comienzo de un Hospital, ambas obras en aquella ciudad.
ARTÍCULO 2º.- El préstamo anotado podrá garantizarse con las rentas departamentales y el servicio del mismo lo hará el presupuesto departamental, con partidas anuales que correspondan a las condiciones del contrato, que reconocerá el interés anual del 8 % cuando más y un plazo de amortización que no sea menor de cinco años.
ARTÍCULO 3º.- Las sumas respectivas serán administradas y estarán a cargo de las Juntas Impulsoras de las mencionadas otras. Artículo 4º. Un Ingeniero de la Dirección General de Obras Públicas dirigirá los trabajos, debiendo dar a los dos edificios condiciones de comodidad, higiene y ornato, Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 17 de noviembre de 1912. BENEDICTO GOYTIA.
JOSÉ ANTEZANA.
Moisés Ascarrunz,
Senador Secretario.
René Renjel. ...
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