LEY del 03 de Septiembre de 1883 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: ORGANIZACION JUDICIAL.- LA CORTE DE TARIJA SE COMPONDRÁ DE TRES VOCALES.
LEI DE 3 DE SETIEMBRE ORGANIZACION JUDICIAL.-La córte de Tarija se compondrá de tres vocales. NARCISO CAMPERO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el congreso nacional ha sancionado la siguiente lei:
La cámara de senadores y la de diputados
DECRETAN:
ARTÍCULO ÚNICO.-
La córte del distritro de Tarija se compondrá de tres vocales. Comuníquese al poder ejecutivo para los efectos constitucionales. Sala de sesiones.-La Paz, agosto 31 de 1883. Aniceto Arce.-Samuel Achá.-Senador secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república. Casa de gobierno en La Paz, a los tres dias del mes de setiembre de mil ochocientos ochenta y tres años.
NARCISO CAMPERO.
El ministro de justicia, instruccion pública y culto. Pedro H. Várgas. ...
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