LEY del 03 de Abril de 1928 - 6 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: INSTRUCCIÓN.-LA PARTIDA REFERENTE A PROFESOR DE DIBUJO Y CALIGRAFÍA DEL COLEGIO «BOLÍVAR» DE LA PAZ SERÁ IGUALMENTE A LA FIJADA EL AÑO 1927.
LEY DE 3 DE ABRIL
INSTRUCCIÓN.-La partida referente a Profesor de Dibujo y Caligrafía del Colegio «Bolívar» de La Paz será igualmente a la fijada el año 1927.
HERNANDO SILES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. POR CUANTO, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- La partida referente al Profesor de Dibujo y Caligrafía del Colegio Bolívar, del Distrito Universitario de La Paz, será consignada en el Presupuesto de 1928, de acuerdo con el ítem 5,471 del igual de la gestión de 1927.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 24 de marzo de 1928.
Román Paz.- Héctor Suárez R.
Antonio L. Velasco, S. S.- Luciano Méndez, D. S. ad-hoc.
E. Prudencio, D. S. ad hoc. POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 3 días del mes de abril de 1928 años.
H. SILES.-F. A. del Granado.
ES CONFORME:
V. A. Saracho,
Oficial Mayor de Instrucción.
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