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DECRETO SUPREMO No 4880 del 22 de Febrero de 2023 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Tiene por objeto dar cumplimiento al compromiso asumido por el Estado Plurinacional de Bolivia en el Acuerdo de Solución Amistosa Caso 11.426 Marcela Alejandra Porco


DECRETO SUPREMO N° 4880

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo IV del Artículo 13 de la Constitución Política del Estado, determina que los tratados y convenios internacionales ratificados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los Estados de Excepción prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en la Constitución se interpretarán de conformidad con los Tratados Internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia.

Que el Parágrafo III del Artículo 14 del Texto Constitucional, establece que el Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos.

Que los Parágrafos I y II del Artículo 113 de la Constitución Política del Estado, disponen que la vulneración de los derechos concede a las víctimas el derecho a la indemnización, reparación y resarcimiento de daños y perjuicios en forma oportuna; y que en caso de que el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de daños y perjuicios, deberá interponer la acción de repetición contra la autoridad o servidor público responsable de la acción u omisión que provocó el daño.

Que el Artículo 229 de la

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