DECRETO SUPREMO N° 4848
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley N° 1493, de 17 de diciembre de 2022, aprueba el Presupuesto General del Estado Gestión 2023, para su vigencia durante la Gestión Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.
Que la Disposición Final Novena de la
Ley N° 1493, faculta al Órgano Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, reglamentar la citada Ley.
Que es necesario garantizar la aplicación y cumplimiento de los objetivos de gestión y desarrollo establecidos por el Presupuesto General del Estado, a través de la reglamentación de la
Ley N° 1493.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la aplicación de la
Ley N° 1493, de 17 de diciembre de 2022, del Presupuesto General del Estado Gestión 2023.
ARTÍCULO 2.- (TRANSFERENCIAS PÚBLICO - PRIVADAS).
I. Los beneficiarios de las transferencias de recursos públicos en efectivo y/o en especie e inversiones productivas, son las organizaciones económico - productivas, organizaciones territoriales, organizaciones privadas sin fines de lucro nacional, organizaciones indígena originario campesinas y personas naturales, con el objetivo ...
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