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Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia
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DECRETO SUPREMO No 4839 del 14 de Diciembre de 2022

Resúmen: Autoriza la exención del pago total de los tributos aduaneros de importación, a la donación de mercancías a favor del Instituto Boliviano de la Ceguera – IBC


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DECRETO SUPREMO N° 4839

DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del Artículo 174 de la Constitución Política del Estado, determina como atribución de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado, asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos en la Constitución.

Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria; fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma; y designar al sujeto pasivo.

Que el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley N° 2492, dispone que sólo la Ley puede otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios.

Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 617, de 17 de diciembre de 2014, Tratamiento Tributario Aplicable a los Convenios, Acuerdos y Otros Instrumentos Jurídicos Internacionales Suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia, señala que las mercancías donadas a entidades públicas directamente desde el exterior o aquellas importadas con recursos provenientes de cooperación financiera no reembolsable o de donación, estarán exentas del pago total de los tributos aduaneros de importación.

Que los Parágrafos II y III del Artículo 4 de la Ley N° 617, establecen que las mercancías señaladas en el Parágrafo I del citado Artículo, podrán ser transferidas a título gratuito, con la exención total del pago de tributos aduaneros de importación y del impuesto a las transacciones, a los destinatarios finales de proyectos y/o programas, entidades públicas, entidades territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económico productivas, organizaciones indígenas, campesinas y movimientos sociales, sin fines de lucro; ...

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