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DECRETO SUPREMO No 4819 del 27 de Octubre de 2022 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 4783, de 24 de agosto de 2022


DECRETO SUPREMO N° 4819

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo V del Artículo 306 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado tiene como máximo valor al ser humano y asegurará el desarrollo mediante la redistribución equitativa de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educación, cultura, y en la reinversión en desarrollo económico productivo.

Que el numeral 2 del Artículo 313 del Texto Constitucional, establece que para eliminar la pobreza y la exclusión social y económica, para el logro del vivir bien en sus múltiples dimensiones, la organización económica boliviana establece como propósito la producción, distribución y redistribución justa de la riqueza y de los excedentes económicos. Que a fin de coadyuvar al financiamiento del Fondo de la Renta Universal de Vejez - FRUV, es necesario modificar el Decreto Supremo N° 4783, de 24 de agosto de 2022, autorizando la transferencia de recursos para el pago de la Renta Dignidad y los Gastos Funerales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

Se modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 4783, de 24 de agosto de 2022, con el siguiente texto:

" ARTÍCULO 4.- (AUTORIZACIÓN).

I. De ser necesario, se autoriza al ...

Hay 263 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...

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