DECRETO SUPREMO N° 4457
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que los numerales 3 y 4 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado, determinan como atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, proponer y dirigir las políticas de gobierno y de Estado; y dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 241 del
Texto Constitucional, establece que el pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas.
Que la
Ley N° 1347, de 17 de noviembre de 2020, del Bicentenario del Estado Plurinacional de Bolivia, declara los años 2020 a 2025 como el quinquenio de preparativos del Bicentenario de la Fundación de Bolivia, en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, y establece mecanismos de coordinación interinstitucional e intergubernamental, para la celebración del Bicentenario a conmemorarse el 6 de agosto de 2025.
Que el Artículo 3 de la
Ley N° 1347, establece que para efectos de organización y dirección, la o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, designará una Delegada o un Delegado Presidencial, que tendrá la función de garantizar la efectiva planificación, organización, gestión y ejecución de las actividades del Bicentenario en todo el territorio nacional. La ...
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