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DECRETO SUPREMO No 3092 del 15 de Febrero de 2017 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autoriza la libre afiliación, la desafiliación y reafiliación gradual en el seguro social obligatorio a corto plazo.


DECRETO SUPREMO N° 3092

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los Parágrafos I y II del Artículo 18 del Texto Constitucional, determinan que todas las personas tienen derecho a la salud; y que el Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna.

Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.

Que el Parágrafo II del Artículo 38 del Texto Constitucional, dispone que los servicios de salud serán prestados de forma ininterrumpida.

Que el Parágrafo I del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, señala que todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social.

Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 81 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, establece que el nivel central del Estado tendrá la competencia de elaborar la política nacional de salud y las normas nacionales que ...

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