DECRETO SUPREMO N° 2174
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo I del Artículo 21 de la
Ley Nº 060, de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar, crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego – AJ, como institución pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independencia administrativa, financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con jurisdicción y competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional.
Que el Artículo 26 de la
Ley Nº 060, establece atribuciones de la AJ, para otorgar licencias y autorizaciones para el desarrollo de los juegos, y gestionar los procesos administrativos sancionatorios por infracciones a la citada Ley.
Que el Artículo Único del
Decreto Supremo N° 0781, de 2 febrero de 2011, aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la
Ley Nº 060 de Juegos de Loteria y de Azar, relativo al Título III “Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego, Licencias, Autorizaciones y Régimen de Sanciones”.
Que el numeral 9 del Artículo 4 del
Decreto Supremo N° 0781, señala que la AJ, tiene entre otras atribuciones, conocer y resolver los Recursos de Revocatoria contra las Resoluciones y actos de carácter ...
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