DECRETO SUPREMO No 9643 del 31 de Marzo de 1971 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autoriza a los Ministerios de Finanzas, Mineria y Gerente de la Empresa Nacional de Fundiciones, para suscribir con la empresa Checoeslovaca Skodaexport un contrato para suministro de maquinarias para la fundición de antimonio en Vinto Oruro.
DECRETO SUPREMO Nº 09643
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, hasta el presente, los países consumidores de minerales bolivianos los han venido transformando en productos acabados, manteniendo a la Nación como simple proveedora de materias primas y privándola de los beneficios diversos que produce su industrialización;
Que, la instalación de fundiciones en el territorio nacional elimina esa situación desventajosa, incorporando el país a la producción tecnológica y capacitándola para concurrir al mercado internacional en mejores condiciones competitivas;
Que, prosiguiendo esta política de fundición, de nuestros recursos minerales en el territorio nacional, el Gobierno Revolucionario, a través del Ministerio de Minería y Metalurgia, y de la Empresa Nacional de fundiciones (ENAF), ha concertado las bases contractuales para la construcción é instalación de una fundición de antimonio, con capacidad de 5.000 TM anuales de antimonio metálico y 1.000 TM de aleaciones, por la empresa estatal checa SKOLAEXPORT;
Que, encontrándose Bolivia entre los tres primeros países productores de antimonio, su producción y reservas de este mineral justifican plenamente la instalación de esa nueva planta fundidora;
Que, es deber del Gobierno Revolucionario acelerar la construcción de obras que, como la mencionada, contribuyen a superar algunas etapas del subdesarrollo.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN
AFIRMATIVO DEL CONSEJO NACIONAL
DE DESARROLLO,
DECRETA:
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