DECRETO SUPREMO No 8644 del 07 de Febrero de 1969 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se autoriza la creación de un Plan Piloto al Ministerio de Educación para el funcionamiento de una cooperativa, con aportes de sumas iguales por Estado y los Padres de Familia, mediante un sistema de créditos educacionales a largo plazo, respaldados por ahorros cooperativistas de los Padres de Familia que libremente quieran participar.
DECRETO SUPREMO Nº 08644
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el aumento anual de la matrícula escolar es creciente;
Que, es necesario establecer planes pilotos en el que tomen parte el Estado y los Padres de Familia, en la formación de nuevas entidades educativas;
Que, es imprescindible acelerar la mayor formación escolar en las áreas ciudadanas que no gozan de este beneficio incorporando el mayor porcentaje de población en edad escolar;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza la creación de un Plan Piloto al Ministerio de Educación para el funcionamiento de una cooperativa, con aportes de sumas iguales por el Estado y los Padres de Familia, mediante un sistema de créditos educacionales a largo plazo, respaldados por ahorros cooperativistas de los Padres de Familia que libremente quieran participar.
ARTÍCULO 2.- El aporte del Estado se incrementará en un 8% anual de la suma inicial, de conformidad a la tasa de promedio de crecimiento del costo de la educación.
ARTÍCULO 3.- El aporte del Estado se mantendrá anualmente hasta que la Cooperativa a organizarse esté capacitada para seguir el plan por si misma.
ARTÍCULO 4.- La unidad escolar que se cree en ejecución ...
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