DECRETO SUPREMO No 8377 del 05 de Junio de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Fija $b. 80.- diarios, viáticos para inspectores Nls. de Hacienda y Aduanas.
DECRETO SUPREMO Nº 08377
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario precautelar el buen cumplimiento del servicio de los Inspectores Nacionales del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Aduanas en las comisiones que periódicamente se destacan al interior de la República y dar cumplimiento al Plan de Represión del Contrabando aprobado por el Ministerio de Hacienda y el Supremo Gobierno.
Que es necesario atender el justo pedido de los funcionarios citados en el anterior considerando, en sentido de que los viáticos asignados hasta el presente son reducidos y no cubren el costo de vida en los diferentes distritos del país, lo que les ocasiona desequilibrio en su presupuesto;
Que en consecuencia, corresponde asignarlos en forma excepcional y sólamente tratándose de labores de represión del contrabando a realizarse en los distritos aduaneros, de los medios económicos necesarios;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se fija la suma de $b.80.oo (ochenta pesos bolivianos) diarios, por concepto de viáticos para los Inspectores Nacionales de Hacienda y Aduanas, durante la ejecución del plan d represión del contrabando, cuyas labores están beneficiando los ingresos del Tesoro Nacional.
El señor Miistro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio ...
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