DECRETO SUPREMO Nº 08111
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por el desarrollo económico del país y el consiguiente incremento en las actividades del transporte, es necesario señalar un régimen de regulación coordinada en el establecimiento y explotación de este servicio público;
Que el transporte no se conduce en la actualidad en forma ordenada y armónica, atribuyéndose su dirección y control a varias instituciones con criterios dispares en evidente perjuicio para este importante servicio público;
Que acorde con las consideraciones que anteceden, el primer informe del Estudio Integral de Transportes en Bolivia, realizado por encargo de Naciones Unidas, el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento y el Gobierno de Bolivia, recomienda la pronta creación de una Dirección Nacional de Transportes, como organismo descentralizado, que unifique y controle los varios sistemas de transporte y norme su régimen tarifario.
Que correspondiendo al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones la dirección y control del servicio de Transporte en ejercicio de las facultades que le confieren la Ley de Organización Política del Estado y el
Decreto Ley No. 7393 de 15 de noviembre de 1965, dependerá de este Portafolio, el organismo a crearse;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reorganízase la Subsecretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, ...
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