DECRETO SUPREMO Nº 06632
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo No. 06518 de 5 de julio de 1963 dispone la realización de la Feria Exposición Nacional Vitivinícola en el mes de marzo, cada tres años;
Que, para no perjudicar los trabajos de vendimia en las zonas productoras, es necesario modificar la época de realización de la referida Feria;
Que, asimismo, es indispensable asignar los recursos para el verificativo de la primera Feria-Exposición a realizarse el próximo año en la ciudad de Camargo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- La Feria-Exposición Nacional Vitivinícola establecida por el
Decreto Supremo No. 06518 de 5 de julio de 1963, se realizará, cada tres años, entre los meses de febrero y marzo.
ARTÍCULO 2.- Para el verificativo de la primera Feria-Exposición Vitivinícola, a realizarse en 1964, se destina la suma de Ciento Cincuenta Mil oo/100 Pesos Bolivianos ($b. 150.000) que se inscribirán en el Presupuesto General de la Nación para 1964.
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Ministerio de Hacienda otorgar al Comité Impulsor de la Feria-Exposición, con cargo de reembolso, un anticipo de Cincuenta Mil oo/100 Pesos Bolivianos ($b. 50.000) para cubrir los gastos inmediatos de organizaci6n. Este anticipo se ...
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