DECRETO SUPREMO Nº 06152
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
La solicitud de la Corporación Minera de Bolivia, pidiendo autorización para
explotar "yareta" en los Lípez con destino a las minas nacionalizadas;
CO NSIDERANDO:
Que la industria minera constituye la fuente principal de divisas y por lo tanto es deber del Gobierno asegurar su desenvolvimiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.-Autorízase la explotación de 600 toneladas de "yareta"
(Azorella asp.) con destino exclusivo a la Corporación Minera de Bolivia.
ARTÍCULO 2.-El Servicio Forestal concederá a la Corporación Minera de Bolivia las correspondientes Guías de Explotación y Tránsito para que esta empresa pueda suscribir los contratos respectivos con proveedores autorizados por el Servicio Forestal.
ARTÍCULO 3.- La explotación de "yareta" estará sujeta a la tasa de Bs. 200.
por kilogramo.
ARTÍCULO 4.- Los fondos recaudados por este concepto serán destinados a un
Programa de Repoblamiento con especies nativas del altiplano sud, que estará a cargo del Servicio Forestal.
ARTÍCULO 5.-Las infracciones al presente Decreto, serán penadas por el Servicio Forestal con sujeción a las disposiciones contenidas en el artículo 3º del Decreto
Ley No. 04151 de 29 de agosto de 1955.
ARTÍCULO 6.-Quedan derogadas las disposiciones contrarias al ...
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