DECRETO SUPREMO Nº 05954
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por
Decreto Supremo No. 5311 de 29 de septiembre de 1959, se ha suprimido el uso del formulario valorado de "Factura Consular" para las importaciones de mercaderías al país y cuyo importe se recaudaba en los Consulados bolivianos establecidos en los mercados de origen;
Que la falta de este documento oficial, ha dado lugar a declaraciones que no se ajustan a las normas de la Ley Orgánica de Aduanas, perjudicando al control administrativo y también a la correcta recaudación de gravámenes aduaneros.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-Se repone el uso del formulario valorado "Factura Consular" para la importación de mercaderías con valor superior a $us. 50.-por despacho, sin perjuicio de la presentación de facturas comerciales con visa consular y conforme a las prescripciones de la Ley Orgánica de Aduanas.
Para las importaciones por vía aérea, se correrán en la Aduana de destino facturas consulares pro-forma.
ARTÍCULO 2.-El juego del formularlo valorado de "Factura Consular" tendrá los siguientes precios:
a) Para mercaderías con valor superior a $us. 50.-y hasta $us. 1.000 $us. 5.b) Para mercaderías con valor superior a $us. 1.000.-$us. 10.-
ARTÍCULO 3.-Hasta que el Ministerio de Hacienda pueda disponer del material necesario, en la liquidación ...
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