DECRETO SUPREMO Nº 05813
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo No. 3570, de 27 de noviembre de 1953, se autorizó a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos para que administre los fondos correspondientes al 14% de su aporte patronal destinado a la construcción de viviendas populares en favor de los trabajadores del petróleo;
Que con cargo a esos recursos la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia obtuvo un préstamo por la suma de Bs. 172'000.000.-para la adquisición de su sede social en esta ciudad;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos a cargar en el fondo de remanentes del 14% que administra, el préstamo de Bs. 172'000.000 que otorgó a la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia con destino a la adquisición de su sede social, eximiéndosela de la obligación de cancelar los saldos resultantes de dicha operación.
El Secretario de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR ...
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