GACETA OF ICIAL DE BOLIVIA
DECRETO SUPREMO Nº 05710
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por
Decreto Supremo Nº 2323 de fecha 22 de febrero de 1956, se ha declarado de necesidad y utilidad pública, la expropiación de la sayaña denominada "Tinta Pampa" o "Pujo Pampa", ubicada en la ex-comunidad "Cochumpaya" del cantón Chulumani de la provincia Sud Yungas, perteneciente a Nicolás Mamani y Florencia Peñaranda de Mamani, con una superficie de 14.000 metros cuadrados con destino a la instalación de una Escuela Seccional de la Comunidad "Cochumpaya", dependiente del Núcleo Escolar Campesino Eloy Alvarez Plata,
Que, esta expropiación se ha hecho sin tener en cuenta que la referida comunidad, se halla en vecindad muy próxima de la población de Chulumani y por tanto resulta, innecesario la creación de otra escuela, máxime si el escaso número de alumnos de Cochumpaya, no justifica la existencia de otra escuela fuera de Chulumani.
Que, por otra parte no se han cumplido con los contratos de la expropiación ni se ha cancelado valor alguno.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:
ARTÍCULO ÚNICO.-Déjase sin efecto la expropiación de la sayaña "Tinta Pampa" o "Pujo Pampa" del cantán Chulumani de la provincia Sud Yungas, debiendo restituirse a sus primitivos propietarios.
El señor Ministro de Asuntos Campesinos queda encargado de la ejecución y cumplimiento ...
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