DECRETO SUPREMO Nº 05668
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que algunas entidades públicas del departamento de Cochabamba cubren sus déficits económicos con subvenciones otorgadas por el Tesoro General de la Nación;
Que conviene sustituir, en lo posible, las subvenciones de referencia, con una adecuada distribución del impuesto a la chicha producida en el Departamento de referencia.
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.-De acuerdo con el
Decreto Supremo Nº 03796 de 23 de julio de 1954, la Honorable Municipalidad de Cochabamba recaudará y distribuirá el impuesto a la chicha producida en ese Departamento.
ARTÍCULO 2.-A partir del 1º de enero de 1961, el rendimiento del impuesto a la chicha en el departamento de Cochabamba y una vez deducidos los gastos de recaudación, que no podrán exceder del quince por ciento (15%), será distribuído en la siguiente forma:
a) Para el Tesoro General de la Nación .................................................... 34%
b) Para la Universidad Mayor de San Simón ........................................... 9%
c) Para la Prefectura del Departamento .................................................... 11%
d) Para la Municipalidad de Cochabamba ............................................... 27%
e) Para las Municipalidades Provinciales, sobre el rendimiento del
impuesto en sus correspondientes distritos ............................................... 19%
El ...
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