DECRETO SUPREMO Nº 5521
HERNÁN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por
Decreto Supremo Nº 3107 de 3 de julio de 1952, se expropió un fundo rústico "Seguecoma" de propiedad de Carlos López Arce. con destino a la creación de Núcleos Pilotos Escolares;
Que, la Academia Nacional de Carabineros y Policías, requiere una parte de estos terrenos para la construcción de su establecimiento educacional;
Que, por otra parte es necesario concederles terrenos a los señores Jefes y Oficiales del Cuerpo Nacional de Carabineros y Policías de Bolivia, con destino a sus viviendas;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
Atrículo 1º- Destínase 52.000.- metros cuadrados del fundo rústico "Seguencoma" a la construcción del edificio y dependencias de la Academia Nacional de Carabineros y Policías.
ARTÍCULO 2º- El resto de dicha propiedad, se loteará para entrega de terrenos a los señores Jefes y Oficiales del Cuerpo Nacional de Carabineros y Policías de Bolivia, con destino a la construcción de sus viviendas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ...
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