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DECRETO SUPREMO No 5151 del 17 de Febrero de 1959 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: LEY GENERAL DEL TRABAJO.- MODIFICACIONES.- D.S. 5151 DE 17 DE FEBRERO DE 1959.- MODIFÍCASE ART. 121; 165 DE SU REGLAMENTO Y ART. 1º DEL D. L. 2763 EN LA PARTE RELATIVA A SANCIONES POR INFRACCIÓN A LEYES SOCIALES




DECRETO SUPREMO Nº 5151

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



QUE EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO LEY NÚMERO 2763 DE 2 DE OCTUBRE DE 1951, ESTABLECE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS LEYES SOCIALES, MODIFICANDO EL ARTÍCULO 121 DE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO Y 165 DE SU REGLAMENTO;
.- Que al presente por la modificación monetaria, estas sanciones no guardan relación con el valor actual de la moneda, resultando que las mismas no coinciden con el monto de los beneficios sociales pagados a los trabajadores, haciendo que los juicios sociales sean desvirtuados en su fin de proteger al trabajador;
Que es necesario buscar una igualdad ante la ley entre el pago de beneficios sociales y la imposición de sanciones a las empresas renuentes, elevando las últimas a un valor superior que se relacione con el actual valor monetario.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el artículo 121 de la Ley General del Trabajo, 165 de su Reglamento y artículo 1º del Decreto Ley número 2763 de 2 de octubre de 1951, en su parte relativa a sanciones "de Bs. 1.000.- a Bs. 500.000.-", en sentido de que se sancionará cada una de las infracciones con multas de QUINIENTOS MIL oo/1oo BOLIVIANOS (Bs. 500.000.-) a CINCO MILLONES oo/1oo ...

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