DECRETO SUPREMO No 5144 del 06 de Febrero de 1959 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: AMNISTÍA.- D.S. 5144 DE 6 DE FEBRERO DE 1959.- CONCÉDESE A TODOS LOS EXCOMBATIENTES DE LA GUERRA DEL CHACO QUE ESTUVIESEN COMPROMETIDOS EN GOLPE SUBVERSIVO
DECRETO SUPREMO Nº 5144
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE EL INCISO 13º DEL ARTÍCULO 94 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO FACULTA AL JEFE DEL PODER EJECUTIVO PARA DECRETAR AMNISTÍA POR LA COMISIÓN DE DELITOS POLÍTICOS;
.- Que en ejercicio de esa facultad el Presidente de la República, manteniendo la continuidad de los propósitos de concordia y de pacificación que anima al Gobierno de la Revolución Nacional, decidió en el Congreso de Ex-Combatientes de la Guerra del Chaco celebrado en la ciudad de Sucre, dictar amnistía en favor de los ex-combatientes sometidos a la jurisdicción de la justicia ordinaria por los sucesos del 21 de octubre del pasado año.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Concédese amplia e irrestricta amnistía a todos los ciudadanos que, acreditando su calidad de Ex-Combatientes de la Guerra del Chaco a través de las pruebas preconstituidas reconocidas por Ley, estuviesen procesados, acusados, detenidos o en el extranjero como emergencia del golpe subversivo del 21 de Octubre del pasado año, sin excepción alguna.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno y Justicia y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ...
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