DECRETO SUPREMO No 5099 del 27 de Noviembre de 1958 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen:
DECRETO SUPREMO Nº 5099
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno de la Nación se encuentra abocado al estudio y planificación de las medidas conducentes a la rehabilitación productiva de las empresas industriales instaladas en el país;
Que es por consiguiente necesario conceder las facilidades adecuadas para estimular la reinversión de utilidades en el desarrollo de las actividades económicas privadas en general;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- A partir de la fecha, se libera del pago de los impuestos fiscales, departamentales, municipales y demás gravámenes que pudieran pesar sobre la reinversión de capitales.
ARTÍCULO 2º- Esta disposición que abarca a la industria privada en general, se aplicará en cada caso mediante Resolución Suprema, previo estudio y dictamen favorable del Ministerio de Hacienda y Estadística.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 27 días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho años.
(Fdo).- HERNAN SILES ZUAZO.- Victor Andrade.- Eufronio Hinojosa.- M. Diez de Medina.- Julio MI. Aramayo.- Jorge Antelo.- Germán Monroy B.- Anibal Aguilar P.- Hernando ...
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