DECRETO SUPREMO No 5056 del 07 de Octubre de 1958 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen:
DECRETO SUPREMO Nº 5056
HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, desde la Revolución Nacional del 9 de abril de 1952 las clases campesinas juegan un papel preponderante en la vida económica de la Nación; Que, la Reforma Agraria y la mayor producción en el Agro solo será posible cuando las clases mayoritarias del país se hallen debidamente organizadas y cuenten con sedes sociales donde puedan discutir y resolver libremente sus múltiples problemas, siendo por tanto deber del Estado dotarles de las comodidades que requieren para su completo desarrollo;
QUE, EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO RESPETA Y GARANTIZA LA PROPIEDAD PRIVADA CUANDO LLENA UNA "FUNCIÓN SOCIAL" Y NÓ CUANDO LOS TERRENOS CORRESPONDIENTES SE LOS MANTIENE ERIAZOS O COMO SIMPLES SOLARES NO CONSTRUIDOS EN SU MAYOR PARTE EN PLENO CENTRO DE LA CIUDAD, IMPONIÉNDOSE EN TAL CASO LA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE "UTILIDAD PÚBLICA" CALIFICADA CONFORME A LEY; .- DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble perteneciente a la sucesión de Juan Perou ubicada en la Avenida Mariscal Santa Cruz número 335 de esta ciudad en su extensión total de 1.163.13 mts2. de terreno más sus edificaciones de acuerdo a sus límites tradicionales, con destino a la construcción de la sede ...
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