DECRETO SUPREMO No 4822 del 09 de Enero de 1958 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: RETIRO VOLUNTARIO.- DS 4822 DE 9 DE ENERO DE 1958.- SE REGULA, PARA LOS EMPLEADOS Y OBREROS EN ACTUAL SERVICIO, CON CARÁCTER DE EXCEPCIÓN
DECRETO SUPREMO Nº 4822
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que numerosos trabajadores de la industria y el comercio, mediante acuerdos directos y particulares con sus empleadores, han iniciado un proceso de retiro voluntario;
Que corresponde al Gobierno Nacional, regular las relaciones obrero-patronales en resguardo de los intereses de los trabajadores, en función de las necesidades de un desarrollo positivo de la producción y en beneficio de la paz social indispensable al presente periodo de reajuste y recuperación de la economía nacional;
Que las empresas y entidades fiscales, por su naturaleza, están sometidas a las exigencias del equilibrio presupuestario de la Nación;
Que es conveniente señalar condiciones apropiadas para el establecimiento de nuevas actividades de producción que contribuyan al mejor aprovechamiento de los recursos naturales y de la fuerza de trabajo del país,
Con el dictamen afirmativo del Consejo de Ministros, teniendo en cuenta las recomendaciones del Consejo de Estabilización Monetaria y uso en las facultades extraordinarias que le confiere la Ley de 11 de diciembre de 1957, con fuerza de Ley,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Los empleados y obreros que voluntariamente se retiren de las empresas privadas que a la fecha confrontan excedentes de mano de obra, recibirán con carácter irrenunciable y cualquiera sea su antigüedad el pago de tres meses ...
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