DECRETO SUPREMO Nº 4743
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Ejército promulgada en 22 de enero de 1927, no concuerda actualmente con los principios normativos modernos que deben regir la organización de las Fuerzas Armadas de la Nación;
Que mediante
Decreto Supremo Nº 3458 de 24 de julio de 1953 se ha dispuesto la reorganización de las Fuerzas Armadas de la Nación, para darle una nueva estructura orgánica y técnica, acorde con los principios de la Revolución Nacional;
Que entre tanto el Honorable Congreso Nacional sancione la Ley de Defensa Nacional y de Organización de las Fuerzas Armadas, se hace necesaria una inmediata reestructuración del mando de las mismas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- A partir de la fecha se ponen en vigencia las siguientes disposiciones:
a) El Ministerio de Defensa Nacional es el máximo organismo de mando de las Fuerzas Armadas de la Nación.
b) Las funciones del Ministerio de Defensa Nacional son políticas, administrativas y técnicas.
ARTÍCULO 2º- Para el cumplimiento de las anteriores funciones el Ministerio de Defensa Nacional, dispone de los siguientes órganos:
a) Organo Político:
- Gabinete del Ministro de Defensa Nacional.
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