DECRETO SUPREMO No 4338 del 16 de Marzo de 1956 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: IMPUESTOS D.S. 4338 DE 16 DE MARZO DE 1956.- SE CREA EL IMPUESTO DE BS 50 SOBRE UNIDAD DE COSMÉTICOS Y ARTICULOS DE TOCADOR EN GENERAL
DECRETO SUPREMO Nº 4338 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que debido a la desvalorización monetaria se hace necesario incrementar los recursos del Erario Nacional, reajustando algunos impuestos que no afectan la economía de las mayorías nacionales. Que asimismo, debe gravarse los artículos y mercaderías suntuarias o de lujo que consumen las clases pudientes del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Créase el impuesto de bolivianos cincuenta (Bs 50.-) sobre cada unidad de cosméticos y artículos de tocador en general.
ARTÍCULO 2º- El impuesto a que se refiere el artículo anterior, se hala efectivo mediante un timbre de bolivianos cincuenta (Bs 50) que será adherido obligatoriamente en cada pieza o envase original del cosmético o articulo de tocador por los fabricantes y tratándose de artículos importados, este timbre será adherido en Aduana.
ARTÍCULO 3º- La recaudación y control del mencionado gravamen estará a cargo de las reparticiones dependientes de la Administración Nacional de la Renta; facultándose a la Dirección General de Ingresos para dictar las medidas tendientes a la mejor percepción y aplicación de este impuesto.
ARTÍCULO 4º- Para los cosméticos y artículos de tocador en general existentes ya en el Comercio en plaza de la República, los importadores, ...
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