DECRETO SUPREMO Nº 3760
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto
Ley No. 3718 de fecha 29 de abril del año en curso, se ha destinado el 30% de los impuestos militares emergentes de la Ley del Servicio Militar Obligatorio en favor de la Caja de Pensiones y Jubilaciones Militares, para reajustar las pensiones de los herederos de oficiales comprendidos en los beneficios del Decreto Ley de 28 de julio de 1938;
Que las pensionistas que revistan en la Caja de Pensiones y Jubilaciones Militares no han sido tomadas en cuenta para ninguno de los reajustes efectuados en los últimos años, produciéndose como consecuencia una injusta situación de olvido para este sector cuyos padres, esposos e hijos han fallecido en servicio de la Patria;
Que es deber del Estado remediar esta situación de evidente injusticia dentro de un marco de equidad, ya que actualmente perciben pensiones muchas veces inferiores a las de los causa-habientes de la clase de tropa;
Que asimismo se debe tener en cuenta para beneficiar con esta medida a los herederos de oficiales fallecidos en años anteriores, ya que los de los fallecidos en fechas recientes gozan de pensiones mejor rentadas, por el monto de los haberes que percibían los jefes y oficiales al ...
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