DECRETO SUPREMO Nº 3633
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 3536 de 21 de octubre de 1953 se ha creado la Comisión Nacional de Coordinación y Planeamiento:
Que es necesario complementar las normas para su inmediato funcionamiento, ampliando las disposiciones del citado Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA
ARTÍCULO 1º- Formará también parte de la Comisión Nacional, de Coordinación y Planeamiento, un Consejo Permanente cuyos miembros tendrán voz y voto en las deliberaciones de la Comisión.
ARTÍCULO 2º- Se modifica y deroga las siguientes disposiciones del citado Decreto de 21 de octubre de 1953:
A) SU ARTÍCULO 7º, INCISO A) DIRÁ: "EL PRESIDENTE Y VICE- Presidente de la República".
Por esta vez desígnase Vice-Presidente Ejecutivo de la Comisión, al señor Vice-Presidente de la República Dr. Hernán Siles Zuazo.
B) SU ARTÍCULO 22 DIRÁ: "EL CONSEJO PERMANENTE PROYECTARÁ EL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN QUE SERÁ APROBADO POR DECRETO SUPREMO".-
c) Se derogan los artículos 21 y 23 del
Decreto Supremo Nº 3536.
ARTÍCULO 3º- El Consejo Permanente estará formado por: a) El Presidente de la República; b) ...
Hay 420 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...