DECRETO SUPREMO No 3589 del 18 de Diciembre de 1953 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: HABERES VETERANOS Y BENEMÉRITOS.- D.S. 3589 DE 18 DE DICIEMBRE DE DE 1953.- RECURSOS PARA SU NIVELACIÓN CON LOS DEL SERVICIO ACTIVO.- REF: LEYES DE 17 DE OCTUBRE DE 1945 Y 15 DE NOVIEMBRE DE 1950
DECRETO SUPREMO Nº 3589
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE LA LEY DE 17 DE OCTUBRE DE 1945, EN SU ARTÍCULO SEGUNDO, DISPONE LA NIVELACIÓN DE HABERES DE JEFES Y OFICIALES VETERANOS DEL PACÍFICO Y EN BENEMÉRITOS DE LA PATRIA CON LOS DEL SERVICIO ACTIVO;
.- Que para hacer viable dicha nivelación fué creado el papel valorado por letras de cambio en las proporciones que señala la Ley de Papel Sellado;
Que posteriormente se ha dictado la Ley de 15 de noviembre de 1950, disponiendo la concesión de becas en favor de los hijos de Beneméritos de la Patria, que hubiesen concurrido tanto a la Campaña del Acre como a la del Chaco, destinando a este fin los mismos recursos de que trata la Ley de 17 de octubre de 1945;
Que el rendimiento del impuesto citado es más que suficiente para atender las erogaciones que disponen las referidas leyes;
Que por consiguiente se hace necesario determinar la utilización de dichos recursos, dando preferencia al reajuste de haberes.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-
Los recursos creados por el artículo segundo de la Ley de 17 de octubre de 1945, serán empleados con preferencia ...
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