DECRETO SUPREMO No 3394 del 08 de Mayo de 1953 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: DÍA DEL PERIODISTA.- D.S. 3394 DE 8 DE MAYO 1953.- SE DECLARA FERIADO PARA PERIODISTAS EL 10 DE MAYO.
DECRETO SUPREMO Nº. 3394
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el 10 de mayo, ha sido declarado y celebrado en el territorio de la República como "DIA DEL PERIODISTA".
Que es necesario que en ese DIA, como los trabajadores gráficos y de otros sectores de la actividad nacional, gocen de un merecido descanso en sus labores.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - El 10 de mayo de cada año, reconocido como el "DIA DEL PERIODISTA", los trabajadores asalariados de la prensa comprendidos en los artículos 4º de la Ley de 16 de noviembre de 1938 y 13º del Decreto Reglamentario de 3 de julio de 1939, gozarán de descanso obligatorio durante dicha jornada, debiendo considerarse como feriado para los periodistas en lo relativo a las leyes sociales pertinentes.
Los obreros gráficos durante ese día, percibirán sus salarios normalmente.
La ejecución del presente Decreto queda encargada a los señores Ministros de Gobierno y de Trabajo y Previsión Social.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos cincuentra y tres años.
(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Federico Fortun S.- Germán Butrón M.
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