DECRETO SUPREMO No 3378 del 30 de Abril de 1953 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: SEGURO ENFERMEDAD Y MATERNIDAD.- D.S. 3378 DE 30 DE ABRIL 1953.- SE ESTABLECE PARA TRABAJADORES FERROVIARIOS, A CARGO CAJA SOCIAL FERROVIARIOS Y ANEXOS.
DECRETO SUPREMO Nº 3378
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Caja de Seguro Social de Ferroviarios y Anexos efectúa los seguros de rentas vitalicias de vejez, invalidez y viudedad, y concede prestaciones de montepío, gastos de entierro, devolución de aportes y beneficio de vivienda en favor de sus asegurados;
Que al presente es necesario ampliar dichas prestaciones hacia el Seguro de enfermedad y maternidad, en previsión y defensa de la salud de los afiliados de dicha entidad, como un postulado esencial del Gobierno de la Revolución Nacional;
Que es indispensable otorgar a la Caja mencionada la facultad necesaria para la aplicación del Seguro de enfermedad y maternidad y consiguientemente para la importación del mobiliario, instrumental quirúrgico, implementos sanitarios, material rodante, antibióticos, drogas y todo aquello que sea requerido para la organización e instalación de los servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos para la prestación del Seguro de enfermedad y maternidad en favor de los asegurados ferroviarios y de ramas anexas de la República; estando prevista la extensión del seguro social indicado, en el art. 61 del Decreto Supremo de 30 de diciembre de 1948, elevado a rango de Ley el 20 de noviembre de 1950;
Que la situación económica de la Caja de Seguro Social de Ferroviarios y Anexos permite efectuar un nuevo reajuste de las rentas jubilatorias de sus afiliados pasivos, ...
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