Decreto Supremo Nº 29845
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 2166 de 22 de diciembre de 2000, constituye al Servicio de Impuestos Nacionales - SIN, como una entidad de derecho público, autárquica con independencia administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional, personería jurídica y patrimonio propio.
Que la función del SIN, conforme señala el Artículo 3 de la
Ley Nº 2166, es administrar el sistema de impuestos y tiene como misión optimizar las recaudaciones, mediante la administración, aplicación, recaudación y fiscalización eficiente y eficaz de los impuestos internos, la orientación y facilitación del cumplimiento voluntario, veraz y oportuno de las obligaciones tributarias y la cobranza y sanción de los que incumplen de acuerdo a lo que establece el Código Tributario.
Que el Presupuesto General de la Nación, correspondiente a la gestión 2008, aprobado por fuerza de ley en el marco de lo que establece el Artículo 147 de la Constitución Política del estado, incorpora la programación presupuestaria del SIN, a fin de dotar de una infraestructura adecuada para el desarrollo de sus actividades de la Gerencia Distrital GRACO y Gerencia Sectorial Hidrocarburos Santa Cruz.
Que los Artículos 55 y 56 de la
Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones, establecen la liquidación de los ...
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