Decreto Supremo Nº 28208
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo prescrito por el literal a. del Artículo 4 de la
Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 - Ley de Organización del Poder Ejecutivo, es atribución del Ministerio de Servicios y Obras Públicas formular, ejecutar, evaluar y fiscalizar políticas en servicios básicos, comunicaciones, energía, transporte terrestre, fluvial, lacustre y aeronáutica civil.
Que el inciso a) del Artículo 24 del
Decreto Supremo Nº 27732 de 15 de septiembre de 2004, Readecuaciones al Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, dispone que es función del Viceministerio de Transportes proponer políticas, reglamentos e instructivos para promover y regular el desarrollo del transporte terrestre, fluvial, lacustre y de la aeronáutica civil y comercial.
Que el Gobierno Nacional, emitió el
Decreto Supremo Nº 27328 de 31 de enero de 2004, Contratación de Bienes, Obras, Servicios Generales y de Consultoría, norma que regula la licitación, contratación, supervisión, ejecución y entrega de obras.
Que es de imperiosa necesidad llevar adelante la construcción de la carretera doble vía Santa Cruz - Cotoca, en virtud a que se constituye en un polo de desarrollo para el Departamento de Santa Cruz.
Que en este sentido, a propuesta del Ministro de Servicios y Obras Públicas, corresponde emitir la ...
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