DECRETO SUPREMO Nº 28164
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional se ha impuesto la tarea de combatir el contrabando a partir de la aplicación de Políticas Públicas coordinadas entre el sector Público y Privado, siendo necesario concertar y coordinar acciones tendientes a eliminar este flagelo, así como, la defraudación tributaria.
Que el contrabando y la defraudación tributaria por su magnitud y consecuencias, se constituyen en un serio riesgo para el funcionamiento regular de la economía nacional, para el desenvolvimiento normal de las empresas legalmente establecidas y para la captación de recursos destinados principalmente al área social.
Que el
Decreto Supremo Nº 27669 de 13 de agosto de 2004, crea el Consejo Nacional de Lucha Contra el Contrabando, como instancia nacional de consulta y propuesta de políticas y apoyo a las acciones de lucha contra el contrabando.
Que entre las atribuciones de este Consejo, se establecen las de proponer políticas nacionales, estrategias, acciones y disposiciones legales para facilitar la lucha contra el contrabando.
Que la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, las Cámaras Nacionales de Comercio, Industria y Despachantes de Aduana, a través de sus representantes ante el Consejo, coadyuvarán activamente en la lucha contra el contrabando.
Que con el objeto de iniciar y ejecutar acciones coordinadas entre los sectores publico y privado de ...
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