DECRETO SUPREMO Nº 28161
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Programa Jóvenes con la Participación Popular - JCP, desarrolla acciones operativas en el marco del Convenio suscrito entre el Ministerio Sin Cartera Responsable de Participación Popular, el PNUD y el UNV. La naturaleza del programa, reside en el trabajo voluntario de jóvenes egresados de las universidades del sistema público boliviano, el despliegue del trabajo técnico abarca a los gobiernos municipales del país cuya cobertura está sujeta a un sistema de selección por categoría de pobreza y demanda de asistencia técnica en distintas áreas financieras y no financieras.
Que el Ministerio de Educación impulsa el Programa de Capacitación para jóvenes que no hubieran concluido su formación educativa escolarizada, posibilitando que el contingente de beneficiarios también tenga la posibilidad de insertarse al mercado laboral, bajo principios de solidaridad, equidad y oportunidad.
Que la
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, Ley de Administración y Control Gubernamentales, prevé principios de eficiencia, eficacia y economía para la administración pública, en un contexto de optimizar recursos, evitar la duplicidad de esfuerzos institucionales, más aún considerando si el objetivo es simultáneo y concurrente, por lo cual, es responsabilidad pública del Poder Ejecutivo el formular y promover políticas públicas de articulación y promoción de acciones estratégicas, dirigidas a conjuncionar e integrar funciones en programas y proyectos ...
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