DECRETO SUPREMO Nº 28156
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que producto de las crisis económicas, las finanzas del sector público están atravesando por uno de sus momentos más difíciles en los últimos años.
Que es necesario asegurar la estabilidad de las finanzas públicas, mejorar la calidad del gasto público y optimizar el uso de los recursos públicos.
QUE EL ARTÍCULO 4 DE LA
LEY Nº 2446 DE 19 DE MARZO DE 2003, LEY DE ORGANIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO, ESTABLECE COMO UNA ATRIBUCIÓN ESPECÍFICA DEL MINISTRO DE HACIENDA, LA DE FORMULAR, EJECUTAR Y CONTROLAR LA POLÍTICA FISCAL NACIONAL EN MATERIA DE PRESUPUESTO, CONTADURÍA, TESORERÍA, CRÉDITO PÚBLICO, POLÍTICA TRIBUTARIA, INVERSIÓN PÚBLICA, POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO Y FINANCIAMIENTO EXTERNO.-
QUE EN ESTE SENTIDO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE HACIENDA, CORRESPONDE EMITIR LA PRESENTE NORMA POR LA VÍA RÁPIDA, EN EL MARCO DEL CAPÍTULO IX DEL
DECRETO SUPREMO Nº 27230 DE 31 DE OCTUBRE DE 2003.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el Marco Estratégico 2005 - 2007 para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el cual está basado en los siguientes pilares:
2 Sostenibilidad de las Finanzas Públicas.
3 Integración ...
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