Decreto Supremo Nº 27924
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 24484 de 29 de enero de 1997, establece el Régimen Tributario Simplificado - RTS para la liquidación y pago anual de los Impuestos al Valor Agregado, a las Transacciones y sobre las Utilidades de las Empresas, por las actividades de carácter habitual que realizan los artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos.
Que el Artículo 24 del mencionado Decreto Supremo, otorga al Ministerio de Hacienda la facultad de actualizar anualmente los valores indicados en los Artículos 3,17,18 y 26, sobre la base de la variación del tipo de cambio oficial del boliviano respecto del dólar estadounidense desde el 1º de enero de 1998.
Que de acuerdo a la
Ley Nº 2434 de 21 de diciembre de 2002 y el
Decreto Supremo Nº 27028 de 8 de mayo de 2003 se dispone la utilización de la Unidad de Fomento a la Vivienda - UFV en sustitución de la variación del Dólar Estadounidense para la actualización de valores a partir del 26 de diciembre de 2002.
Que mediante
Decreto Supremo Nº 27494 de 14 de mayo de 2004 se modifican los valores consignados en el
Decreto Supremo Nº 24484 estableciéndose nuevos montos de capital, ingresos, precios unitarios y pagos bimensuales del ...
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