DECRETO SUPREMO Nº 27876
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que se instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI mediante el Tratado de Montevideo de 1980, ratificado por la
Ley Nº 871 de 27 de mayo de 1986 y suscrito por la República de Bolivia el 12 de agosto de 1986, en sustitución de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio - ALALC.
Que el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de República Argentina, en el marco del Tratado de Montevideo de 1980 y las Resoluciones 2 y 4 del Consejo de Ministros de la ALALC, suscribieron en la Ciudad Argentina de Buenos Aires el 21 de abril de 2004, el Acuerdo de Alcance Parcial para la Promoción Económica, Comercial y de Inversiones, con la finalidad de impulsar la inversión, la complementación económica y el comercio, particularmente a favor de Bolivia.
Que asimismo, el mencionado acuerdo de alcance parcial, se regirá bajo los siguientes principios: la aplicación de mecanismos concretos tendientes a nivelar las asimetrías existentes en la balanza comercial y, el cumplimiento del trato especial y diferenciado conforme al CAPÍTULO III del tratado de monte video de 1980.
Que es necesario disponer la vigencia administrativa del
Acuerdo de Alcance Parcial para la Promoción Económica, Comercial y de Inversiones, para ...
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