Decreto Supremo Nº 26713
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comité Olímpico Boliviano -COB fue creado el 17 de junio de 1932 para permitir la participación de los atletas bolivianos en los Juegos Olímpicos.
Que el
Decreto Supremo Nº 11236 de 3 de diciembre de 1973 expresa que el COB goza de autonomía, consistente en la designación de sus autoridades y el libre manejo de sus recursos económicos; estableciendo una subvención económica para esta institución, cuya partida se inscribe en el Presupuesto General de la Nación.
Que el
Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993, elimina la autonomía del COB, institucionalizándolo como entidad del Poder Ejecutivo bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Humano.
Que la
Ley Nº 1788 de Organización del Poder Ejecutivo, de 16 de septiembre de 1997, determina la nueva estructura organizativa y funcional del Poder Ejecutivo; y el Decreto Nº 25055 de 23 de mayo de 1998, establece que el COB es una institución pública descentralizada, bajo la tuición del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Que la Carta Olímpica Internacional establece en el numeral 5 del
CAPÍTULO III, que los Comités Olímpicos Nacionales -CON, deben mantener relaciones armoniosas y de cooperación con los organismos gubernamentales y, es deseo que se beneficien de los Poderes Públicos ...
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