Decreto Supremo Nº 26506
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997, de Organización del Poder Ejecutivo - LOPE y sus Disposiciones Reglamentarias, establecen la estructura organizacional y funcional del Poder ejecutivo, consiguientemente en su Artículo 15, establece que se podrán crear otras instancias de coordinación y concertación Ministerial, mediante Decreto supremo, con carácter temporal y fines específicos.
Que el
Decreto Supremo Nº 25055 de 23 de mayo de 1998, reglamentario de la LOPE, en su Artículo 43 establece, que de conformidad al Artículo 15 de la LOPE, se incorporan como instancias de coordinación y concertación, además de las ya establecidas, a los Consejos Interinstitucionales con la finalidad de abrir espacios de diálogo y coordinación entre el gobierno y las Organizaciones económicas y sociales.
Que el marco de la concertación nacional, el Gobierno Nacional aprobó la Estrategia Boliviana de Lucha contra el Narcotráfico, mediante
Decreto Supremo Nº 24963, política que se halla contenida en el Plan "DIGNIDAD", cuyo objetivo es sacar a Bolivia del circuito coca - cocaína hasta el año 2002, siendo el Primer Pilar referido al Desarrollo Alternativo, el cual deberá propender e incentivar las actividades económico - sociales a desarrollarse en el Trópico de Cochabamba.
Que es necesaria la participación conjunta de organismos estatales con competencia directa ...
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