Decreto Supremo Nº 26402
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 23 de la
Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000, de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias, determina que el Presidente de la República declarará mediante Decreto Supremo, previa recomendación del CONARADE, la situación de Desastres y/o Emergencia, debiendo la misma norma clasificar el hecho según su magnitud y efectos.
Que de acuerdo a Informes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, elaborados sobre la base de informes de la National Oceanic and Athmosferic Administration - NOAA, por intermedio de la Organización Meteorológica Mundial y del monitoreo de la Red Nacional, se tiene pronosticado el fenómeno climatológico "El Niño 2001 - 2002" y se determina que se ha detectado un aumento en las temperaturas en la región del altiplano y valles, y según experiencias anteriores en nuestro territorio, se manifestó este fenómeno intensificando las lluvias en zonas que responden a un régimen pluviométrico por encima de los 1.000 mm. al año, y un marcado déficit en zonas donde las lluvias no alcanzan los 500 mm. al año.
Que de acuerdo a Acta de Reunión de CONARADE de fecha 13 de noviembre de 2001, se recomienda al Presidente Constitucional de la República la declaratoria de Emergencia Nacional frente al pronosticado fenómeno "El Niño 2001 - 2002", en todo el ...
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