Decreto Supremo Nº 26341
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 23380 de fecha 29 de diciembre de 1992 en sus Artículos 1ro. y 2do., aprueba el Convenio de Determinaciones y Consolidaciones de Deudas por concepto de capital, suscrito entre el Tesoro General de la Nación y el Banco Central de Bolivia y la subrogación por el Tesoro General de la Nación de créditos adeudados por distintas instituciones al Banco Central de Bolivia.
Que la mencionada norma legal deja expresamente establecido que las instituciones deudoras no quedan eximidas de las obligaciones subrogadas y por lo tanto el Tesoro General de la Nación queda encargado de suscribir convenios de pago con las instituciones que han sido liberadas de obligaciones del Banco Central de Bolivia, una vez realizada la conciliación de cuentas entre el Banco Central de Bolivia y la respectiva institución.
Que, el importe adeudado por la Empresa Nacional de Ferrocarriles, por concepto de Control Cuentas Públicas - Comercio Exterior, asciende a $us.1.025.- (Un mil 25/100 Dólares Americanos)
Que, el Banco Central de Bolivia y la Empresa Nacional de Ferrocarriles suscriben durante las gestiones 1986 y 1987, cuatro Pagarés por un importe total de capital igual a $us.5.402.203,35 (Cinco Millones Cuatrocientos Dos mil Doscientos Tres 35/100 Dólares Americanos) que al 31 de diciembre de 2000 devenga intereses por $us.10.041.568,30 (Diez Millones Cuarenta ...
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