DECRETO SUPREMO No 26282 del 17 Agosto 2001 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se instruye a la Superintendencia de Telecomunicaciones la designación y nombramiento de un servidor público quien deberá asumir la representación y funciones de los Consejos de Administración y Vigilancia, hasta tanto éstos fueren elegidos y posesionados.
Decreto Supremo Nº 26282
ENRIQUE TORO TEJADA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, a la finalización de la intervención preventiva dispuesta por la Superintendencia de Telecomunicaciones a COTEL La Paz Ltda., dicha cooperativa debe terminar de conformar sus mandos naturales según dispone el artículo 88 de la Ley General de Sociedades Cooperativas y el artículo 39 del Estatuto de COTEL Ltda., y atentos a que la Intervención que concluye había encomendado a un Comité Electoral la realización de elecciones para la conformación de los Consejos de Administración y Vigilancia que tuvieron que postergarse por acciones judiciales conocidas, esta situación ha derivado en un vacío que acarrearía grave riesgo institucional en la representatividad y fiscalización de dicha cooperativa;
Que, en atención al mandato del artículo 160 de la Constitución Política del Estado , es obligación del Poder Ejecutivo preservar la cooperativa COTEL La Paz Ltda. que aún siendo ente de derecho privado es objeto de tutela jurídica en normas de derecho público;
Que, es potestad del Poder Ejecutivo reglamentar las atribuciones de los órganos públicos y disponer cometidos u otras órdenes convenientes para el mejor ejercicio de las altas funciones y fines que persigue (zona de reserva de la Administración);
Que, no existe normativa específica que reglamente la carencia de órganos de administración y de vigilancia de las cooperativas de servicio público;
Que, es necesario instruir a la ...
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